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Núm. de Expediente: 1364/2021
Fecha del Auto: 27/06/2023
Fecha de publicación: 28/06/2023

Síntesis:
Téngase por recibido el escrito signado por ********************, en atención a lo que manifiesta se provee: Estado de constancias. De autos se advierte que no se ha obtenido respuesta favorable de los requerimientos efectuados a fin de que se proporcione nombre y domicilio de un perito en materias de Geología, Edafología, Biología, Servicios Ambientales, Desarrollo e Impacto Urbano y Gestión de Riesgo, ofrecidas por la parte quejosa, para que funja como experto de este Juzgado. De lo expuesto por ********************, se advierte que aparece en la "Lista de personas que pueden fungir como peritas o peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil veintitrés", identificado como ********************. Asimismo, del artículo 9 del ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración de la Lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, se advierte que a efecto de designar peritos con cargo al presupuesto del Consejo de la Judicatura Federal, se deben colmar los siguientes requisitos: I. Formular solicitud a dos instituciones públicas, educativas o colegios de profesionistas a fin de que proporcionen el auxilio de un perito gratuito; II. De no obtener respuesta favorable, accederá al Directorio de Peritos para elegir en el Circuito de su jurisdicción, el nombre y datos de localización del perito registrado. En caso de no encontrarlo, se elegirá al más cercano a su domicilio; III. Deberá asegurarse de designar de manera consecutiva los peritos en la materia, dentro del mismo circuito; IV. Una vez seleccionado el perito le solicitará manifieste estar en aptitud de prestar el auxilio y su conformidad con el Arancel correspondiente a la materia de su dictamen pericial; V. El solicitante informará a la Dirección General de Programación, Presupuesto y Tesorería, el monto de los honorarios para hacer la previsión de los recursos; y VI. Realizado el servicio encomendado, se solicitará al perito presentar el comprobante fiscal digital y, en su caso, la documentación comprobatoria de Gastos, a fin de remitirla a la Dirección General de Programación, Presupuesto y Tesorería para el pago correspondiente. Pues bien, en el caso se advierte que en el presente juicio se encuentran colmados los requisitos I, II y III. Lo anterior, puesto que esta autoridad ya solicitó a más de dos instituciones públicas el auxilio con el fin de que proporcionaran un perito gratuito, sin haber obtenido respuesta favorable. Sin embargo, a efecto de dar cabal cumplimiento a los puntos IV, V y VI se estima necesario que el perito aludido manifieste lo siguiente: a) Si se encuentra en aptitud de prestar el auxilio para la emisión del dictamen requerido, esto es, si cuenta con los conocimientos necesarios para emitir el dictamen respectivo con relación a las pruebas periciales ofertadas en autos. b) Si está conforme con el "ARANCEL para el cálculo de honorarios y gastos de las personas que pueden fungir como peritas y peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación", correspondiente a dos mil veintitrés. Requerimiento a perito. Consecuentemente, con fundamento en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se requiere a ******************** con el fin de que dentro del término de tres días contado a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del presente auto, manifieste ante este órgano jurisdiccional lo especificado en los incisos a) y b) antes precisados. Para lo cual se ordena que al momento de su notificación se le proporcione copia autorizada del escrito con registro ********************, así como del acuerdo de uno de agosto de dos mil veintidós, se admitieron las pruebas periciales en materias de Geología, Edafología, Biología, Servicios Ambientales, Desarrollo e Impacto Urbano y Gestión de Riesgo, ofrecidas por la parte quejosa. Ello, con el fin de que esta autoridad se encuentre en aptitud de nombrarlo como perito oficial y se pueda efectuar el pago de los honorarios correspondientes una vez que emita los dictámenes que se le encomiendan. Apercibimiento. Se apercibe al citado experto que de no hacer lo anterior en el plazo concedido, de conformidad con la aplicación análoga del artículo 147 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se le tendrá por no conforme y se procederá a designar un diverso perito. Se ordena notificar a perito. Por tanto, se ordena a cualquiera de los actuarios judiciales de la adscripción a fin de notificarle la presente determinación. Medio de comunicación. Téngasele por proporcionando el correo electrónico que señala, para atender asuntos respecto del presente expediente; en la inteligencia de que dicha información tiene como propósito de que el personal de actuaría establezca contacto con los interesados para generar las condiciones adecuadas a efecto de que las notificaciones que deban practicárseles resulten fehacientes, rápidas y seguras para la salud de los intervinientes. Reserva. Respecto de su petición tocante al envío de constancias, dígase que una vez que acepte el cargo de perito en las materias de Geología, Edafología, Biología, Servicios Ambientales, Desarrollo e Impacto Urbano y Gestión de Riesgo, ofrecidas por la parte quejosa, se acordará lo conducente. Notifíquese; y personalmente al perito ********************.